lunes, marzo 19, 2007

De Juana en Botafuegos


Botafuegos se opuso a una redención de De Juana Chaos


La Audiencia Provincial de Madrid autorizó la redención tras el rechazo del juez de Vigilancia europa press/madrid


El centro penitenciario de Botafuegos, en Algeciras, así como otras prisiones en las queestuvo internado el preso etarra José Ignacio de Juana Chaos, rechazó en diversas ocasiones las redenciones de su situación penitenciaria que iban siendo dictada por diversas órdenes judiciales.
Así sucedió en los años 2003 y 2004, cuando el preso etarra, estando internado en la cárcel de Algeciras, reclamó una redención de ochenta días por haberse matriculado en Derecho en la Universidad del País Vasco durante el curso académico 1997/1998.


El juez Castro Antonio desestimó la queja del etarra, que sin embargo fue admitida por la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Madrid tras el correspondiente recurso de apelación interpuesto por el etarra.


La decisión de la Audiencia no fue tenida en cuenta por la prisión de Algeciras, donde se encontraba De Juana Chaos en ese momento, ya que en febrero de 2004, un mes después del auto de la Audiencia, el presidente de la Junta de Tratamiento de la prisión le comunicó al etarra que habían acordado rechazar esa redención extraordinaria “por no apreciarse especial laboriosidad, disciplina y rendimiento en el trabajo”.


Sin embargo, días después, el juez de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Madrid, José Luis Castro Antonio, a través de una providencia, exigió a la prisión que ejecutara el auto de la Audiencia Provincial de Madrid, el cual era “firme y definitivo”, proponiéndole que le elevaran una propuesta de redención extraordinaria por haberse matriculado en Derecho.


Sin embargo, Botafuegos optó por pedirle al etarra las calificaciones obtenidas durante el citado curso para poder cuantificar los días de redención extraordinarias que le correspondieran. La maniobra de la cárcel provocó una nueva providencia del juez de vigilancia, en la cual advertía que se procediera a la “inmediata ejecución del auto” de la Audiencia Provincial “sin mas dilaciones”.


Finalmente, el centro penitenciario de Botafuegos accedió a proponer una redención de ochenta días para De Juana Chaos, la cual fue aprobada por el juez, pero el director de la prisión algecireña, que por aquellas fechas era Miguel Ángel Rodríguez, le envió al magistrado un escrito en junio de 2004 en el que explicaba que la resolución que había dictado, dándole los beneficios penitenciarios, se contradecía con la acordada por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que había rechazado concederle esa redención extraordinaria


Valdemoro La situación fue similar con las redenciones concedidas en anteriores periodos. Así, en 2001 los jueces le concedieron 211 días por estudios cursados entre los años 1987 y 1993, pese a diversos escritos en contra de Prisiones. En el informe emitido por el director del centro penitenciario Madrid III (Valdemoro) se indicaba que, en los periodos reclamados, el interno estuvo inhabilitado para redimir “por haber enlazado sucesivamente faltas graves y muy graves”. En este caso, la demanda del etarra fue rechazada por el juez Castro Antonio, pero fue estimada por Audiencia Provincial de Madrid


En un escrito de octubre del año 2000, el director de la prisión de Valdemoro respondió al juez de Vigilancia que el interno ya había sido trasladado a Puerto I y que, en todo caso, la Junta de Tratamiento acordó no proponerle más redención, porque De Juana Chaos intentaba conseguir beneficios penitenciarios “por estar matriculado varios años en la misma asignatura y no parece coherente aplicarle una redención que exceda los topes establecidos por curso o asignatura”.


Posteriormente, el juez Castro Antonio envió una providencia en marzo de 2001 a la prisión de Puerto I, en la que tras recordar que la queja de De Juana había sido estimada por la Audiencia, le pedía que elevara a su juzgado una propuesta de redenciones, lo que hizo la Junta de Tratamiento de la prisión en mayo de 2001, proponiendo una redención extraordinaria de 211 días. Ese mismo mes, el juez de Vigilancia aprueba en un auto la propuesta realizada por la Junta de Tratamiento.

No hay comentarios: