jueves, mayo 22, 2008

Subcomisión del Personal Laboral de IIPP

NOTA INFORMATIVA
SUBCOMISIÓN DELEGADA
MAYO 2008

1. INFORMACIÓN SOBRE ASUNTOS PENDIENTES:

CONCURSOS TRASLADOS: Ya se ha notificado a los interesados la relación de resultas que estaba pendiente. El próximo martes, día 27 de mayo, se reúne el Órgano Gestor del Concurso para adoptar una resolución definitiva. La Administración informa que se prevé la retención genérica de todos los trabajadores que obtengan plaza, en espera de que concluya el período vacacional, produciéndose los ceses en el mes de septiembre.

VESTUARIO: La Administración informa del proceso de vestuario para este año. De forma unilateral y sin negociación con la Parte Social, se ha denegado la petición de incremento de vestuario para el colectivo de Ordenanzas, argumentando la Administración que no ve la necesidad de este aumento. También se ha impuesto unilateralmente la inclusión del Escudo de Instituciones Penitenciarias bordado en las prendas exteriores de todo el Personal Laboral, con un incremento del 5 % del valor de dichas prendas para este fin. Las instrucciones al respecto están enviadas a los Administradores de los Centros desde el mes de abril.
Desde CSI-CSIF, al igual que el resto de la Parte Social, se ha planteado queja por la nula negociación en este ámbito para este año, ya que ni se ha convocado mesa de trabajo de vestuario, ni se ha tenido en cuenta nuestra opinión (que es la de los trabajadores) a la hora de tomar las decisiones oportunas.

2. ESCRITOS PRESENTADOS POR LOS TRABAJADORES.

C.P ALMERIA: Jefe de Mantenimiento que manifiesta no tener los medios necesarios para la ejecución de su trabajo y solicita la restitución de funciones propias de jefe de mantenimiento.
La Administración hablará con la Administración del C.P. para recordarle cual es su puesto de trabajo y que realice sus funciones.

C.P. ALBOLOTE: Las Trabajadoras Sociales interinas de este Centro, solicitan amparándose en la RPT de Puerto III, seguir manteniendo su puesto de trabajo a la finalización del concurso de traslados, así como que se tomen medidas para poder consolidar su puesto de trabajo.
La Administración contesta que las RPTs de los Centros son lo que son y no se puede dar respuesta positiva a esta demanda.

C.P OCAÑA II: El Departamento de Trabajo Social solicita aclaración sobre si les corresponde realizar las tareas administrativas que generan la realización de pruebas de alcoholemia ante la salida de internos de permiso. Anteriormente dichas tareas eran efectuadas por un funcionario de la oficina de Tratamiento, el cual se ponía en contacto con la Policía para transmitirle que el interno debía ser sometido a la prueba de control de alcoholemia, una vez efectuado dicho control la Policía informaba sobre el resultado. A raíz de la Unificación de Oficinas, los trabajadores de la misma se han negado a realizarlas imponiéndoselas al Departamento de Trabajo social.
Desde CSI-CSIF entendemos que esta función no se corresponde con tareas relacionadas con lo social, sino que obedecen a un sistema de control.
La Administración se va a poner en contacto con la Dirección y Subdirección de Tratamiento del Centro para tratar de encontrar una salida a este tema.

C.P VALLADOLID: Escrito solicitando la creación de un grupo de trabajo para el estudio de la creación de una bolsa de empleo que agilice las contrataciones de personal, sin que se demore tanto el tiempo de contratación.
C.P MURCIA: Escrito del Delegado de Personal Laboral solicitando la creación de una bolsa de trabajo que permita la sustitución de personal laboral de un modo inmediato en períodos de vacaciones o bajas laborales.
La Administración contesta que las bajas maternales y por operación programada se pueden adelantar desde que se conoce fecha probable, y que el resto de bajas por enfermedad es muy difícil de articular para que llegue pronto la sustitución.
Desde la Parte Social se vuelve a solicitar a la Administración un monográfico sobre la posible creación de Bolsas de Trabajo que agilicen estos trámites.

C.P VALLADOLID: Escrito solicitando incremento de plantilla en el colectivo de auxiliares de enfermería, así como la asignación del complemento de turnicidad, ya que desempeñan el trabajo en horario de mañana y tarde, en jornada de lunes a viernes. Este colectivo esta compuesto actualmente por 4 auxiliares de enfermería, encontrándose 1 en situación de excedencia.
En el mismo escrito se solicita la cobertura del puesto de oficial de segunda electricista en el citado centro, ya que el titular falleció.
La Administración contesta que no es viable la turnicidad para este número de trabajadores y que la Dirección del Centro no está interesada en cubrir los fines de semana. También han dicho que este colectivo está realizando el servicio de tardes de forma pactada con la Dirección.
Respecto a la contratación del sustituto del trabajador fallecido, la Administración informa que ya están pedidas todas las vacantes que había a fecha 15 de enero, y que se pedirán próximamente todas las posteriores, incluidas las vacantes del concurso de traslados.

C.P MADRID IV: Ayudante de Gestión y Servicios Comunes, del Grupos Profesional 5, pide explicación sobre la retirada de su nómina del complemento A3 que venía percibiendo según la disposición adicional segunda del II Convenio Único.
La Administración reconoce que se ha producido un error en este caso. El número de afectados aún no se conoce, pero están analizando toda la información para detectar los errores producidos y dar las órdenes oportunas para el pago del citado complemento, incluidos los atrasos.

HOSPITAL PSIQUIATRICO SEVILLA: Ayudante de Actividades Específicas solicita que su colectivo no tenga que realizar “Salidas Terapéuticas” que en realidad son salidas a hospitales, en las que realizan funciones de vigilancia y custodia de los internos.
La Administración informa que va a recordar a la Dirección del Centro que siga los criterios que ella misma estableció para este tipo de salidas, es decir, las salidas, si son consideradas terapéuticas, son voluntarias, y por tanto deben utilizar la lista de los apuntados voluntariamente para este fin.

C.P HERRERA DE LA MANCHA: El Colectivo de Ordenanzas solicita aclaración sobre las nuevas tareas encomendadas a su colectivo, consistentes en el cálculo de importes de artículos, revisión de artículos y ajuste de importes por comercios y por internos, suma de los importes de cada interno, ajuste de cuentas con los funcionarios, cuadrar instancias y albaranes,…, tareas que hasta ahora venían realizando los funcionarios de economato.
La Administración entiende que sí son tareas propias de este colectivo y como tal, deben seguir haciéndolas.

C.P ALBOLOTE: El Departamento de Trabajo Social se plantea la inviabilidad de la implantación del SISPE debido a carencia de ordenadores (6 ordenadores para 10 trabajadores sociales en el despacho), inexistencia de ordenadores en los módulos y falta de formación sobre el sistema. Preguntan también quién y cuándo va a realizar el trasvase de información de los expedientes activos al SISPE.
La Administración enviará al C.P. las instrucciones dictadas para este fin por la Subdirección General de Medio Abierto.

C.P MURCIA: Escrito del Delegado de Personal Laboral pidiendo aclaración sobre por qué al personal que trabaja de lunes a viernes le cuentan los sábados como día hábil en caso de permiso por enfermedad de un familiar, cuando no es un día hábil en su trabajo.
La Administración contesta que los Sábados son días laborables a todos los efectos para el personal que trabaja a diario, salvo para vacaciones, tal y como viene recogido en el II Convenio Único.

3. RUEGOS Y PREGUNTAS:

Desde CSI-CSIF se ha cuestionado a la Administración el por qué no se ha podido producir la jubilación anticipada a los 64 años de un trabajador. La respuesta de la Administración ha sido que por haberse dilatado demasiado el proceso de contratación, el trabajador ha cumplido los 64 años estando aún en activo, y si se acoge ahora a este proceso, según dictamen de la Seguridad Social, perdería el 8 % de su jubilación.

Por otra parte, CSI-CSIF ha preguntado los motivos por los que se están denegando las Jubilaciones con contrato de relevo a los 60 años y con 35 años cotizados, según ley de la Seguridad Social de Diciembre de 2007 (el trabajador realiza el 15% del trabajo y el contrato relevo el 85% restante).
La Administración contesta que el problema es que no está reflejado en el Convenio y que no es competente para tomar esta decisión. Se ha elevado informe a la Comisión Negociadora del Convenio por si procede su inclusión.

MADRID a 21 Mayo de 2008


SECRETARIA NACIONAL DE PERSONAL LABORAL PRISIONES POR CSI-CSIF

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